Legislación › Ley 3/1991, de 4 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha.
Artículo 81.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1996 y la del 1 de enero de 2000.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (52 palabras).
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Artículo 81.
(Sin contenido) En relación con lo establecido en el artículo 80 apartados a) y b), la determinación de los criterios de distribución y la aprobación de los programas a financiar se llevarán a cabo por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Administraciones Públicas y oído el Consejo Regional de Municipios.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de abril de 2011 En vigor | BOE-A-2011-7843 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2000 | BOE-A-2000-730 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1996 | BOE-A-1996-5107 | Leer | Qué cambió |
| 16 de abril de 1991 | Texto original | Leer |


