Legislación › Ley 7/1991, de 5 de abril, de asistencia y protección al anciano.
Artículo 38.
Artículo 38.
El Organismo autónomo Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias tiene plena personalidad jurídica, capacidad de obrar y patrimonio propio para el cumplimiento de sus fines.


