Legislación › Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
Disposición transitoria.
Disposición transitoria.
(Derogada)
Se deroga por el art. 3.2 de la Ley 4/2008, de 23 de diciembre. BOE-A-2008-20802
Esta modificación es aplicable a partir del 1 enero de 2008, según establece la disposición final 5.b).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de diciembre de 2008 En vigor | BOE-A-2008-20802 | Leer | Qué cambió |
| 8 de junio de 1991 | Texto original | Leer |
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