Legislación › Ley 3/1991, de 18 de marzo, de Formación de Adultos.
Artículo 18.
Artículo 18.
El Gobierno de la Generalidad promoverá la creación de centros de recursos especializados en las distintas modalidades de la formación de adultos.
Legislación › Ley 3/1991, de 18 de marzo, de Formación de Adultos.
Artículo 18.
El Gobierno de la Generalidad promoverá la creación de centros de recursos especializados en las distintas modalidades de la formación de adultos.
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