Legislación › Ley de Cantabria 3/1992, de 18 de marzo, de Protección de los Animales.
Artículo 39.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de abril de 1992 y la del 1 de enero de 1996.
Tachado: lo que se quitó (12 palabras). Subrayado: lo que se añadió (63 palabras).
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Artículo 39.
1. Las infracciones se clasifican en:
a) Leves.
b) Menos graves.
c) Graves.
d) Muy graves.
2. Las referidas infracciones serán sancionadas con las siguientes multas:
Infracciones leves: De de 5.000 a 50.000 25.000 pesetas.
Infracciones menos graves: De 50.001 de 25.001 a 250.000 50.000 pesetas.
Infracciones graves: De 250.001 a 1.000.000 de 50.001 a 100.000 pesetas.
Infracciones muy graves: De 1.000.001 de 100.001 a 5.000.000 1.000.000 de pesetas.
Salvo en los supuestos previstos en el apartado 5 de este artículo, y en el de infracciones muy graves, las sanciones podrán hacerse efectivas, dentro de los diez días siguientes a la notificación de la propuesta de resolución, con una reducción del 20 por 100 sobre la cuantía fijada en la propuesta.
3. Las infracciones muy graves y graves en materia de caza y pesca podrán llevar consigo la anulación de la respectiva licencia e inhabilitación para obtenerla durante un período de uno a tres años.
4. Para determinar la sanción se tendrán en cuenta las circunstancias concurrentes y el principio de proporcionalidad.
5. Si se apreciare reincidencia, la cuantía de las sanciones consignadas en el apartado 2 de este artículo podrá incrementarse hasta el duplo del importe máximo de la sanción correspondiente a la infracción cometida, sin exceder en ningún caso del tope más alto fijado para la infracción muy grave.
Existe reincidencia cuando se comete una infracción del mismo tipo y calificación que la que motivó una sanción anterior en el plazo de los trescientos sesenta y cinco días siguientes a la notificación de ésta; en tal supuesto, se requerirá que la resolución sancionadora hubiere adquirido firmeza en la vía administrativa.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 1997 En vigor | BOE-A-1998-2748 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1996 | BOE-A-1996-1954 | Leer | Qué cambió |
| 16 de abril de 1992 | Texto original | Leer |


