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Legislación › Ley de Cantabria 3/1992, de 18 de marzo, de Protección de los Animales.

Artículo 39.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de abril de 1992 y la del 1 de enero de 1996. Tachado: lo que se quitó (12 palabras). Subrayado: lo que se añadió (63 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 39.
1. Las infracciones se clasifican en:
a) Leves.
b) Menos graves.
c) Graves.
d) Muy graves.
2. Las referidas infracciones serán sancionadas con las siguientes multas:
Infracciones leves: De de 5.000 a 50.000 25.000 pesetas.
Infracciones menos graves: De 50.001 de 25.001 a 250.000 50.000 pesetas.
Infracciones graves: De 250.001 a 1.000.000 de 50.001 a 100.000 pesetas.
Infracciones muy graves: De 1.000.001 de 100.001 a 5.000.000 1.000.000 de pesetas.
Salvo en los supuestos previstos en el apartado 5 de este artículo, y en el de infracciones muy graves, las sanciones podrán hacerse efectivas, dentro de los diez días siguientes a la notificación de la propuesta de resolución, con una reducción del 20 por 100 sobre la cuantía fijada en la propuesta.

3. Las infracciones muy graves y graves en materia de caza y pesca podrán llevar consigo la anulación de la respectiva licencia e inhabilitación para obtenerla durante un período de uno a tres años.
4. Para determinar la sanción se tendrán en cuenta las circunstancias concurrentes y el principio de proporcionalidad.
5. Si se apreciare reincidencia, la cuantía de las sanciones consignadas en el apartado 2 de este artículo podrá incrementarse hasta el duplo del importe máximo de la sanción correspondiente a la infracción cometida, sin exceder en ningún caso del tope más alto fijado para la infracción muy grave.
Existe reincidencia cuando se comete una infracción del mismo tipo y calificación que la que motivó una sanción anterior en el plazo de los trescientos sesenta y cinco días siguientes a la notificación de ésta; en tal supuesto, se requerirá que la resolución sancionadora hubiere adquirido firmeza en la vía administrativa.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 1997 En vigor BOE-A-1998-2748 Leer Qué cambió
1 de enero de 1996 BOE-A-1996-1954 Leer Qué cambió
16 de abril de 1992 Texto original Leer

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