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Legislación › Ley 1/1992, de 8 de abril, de Protección de los Animales que viven en el entorno humano.

Disposición transitoria única.

Disposición transitoria única.

Las sanciones previstas por esta Ley y derivadas de la obligación de censar un animal, no podrán corresponder sino a infracciones cometidas una vez transcurrido un año desde su entrada en vigor.

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