Legislación › Ley 1/1992, de 8 de abril, de Protección de los Animales que viven en el entorno humano.
Disposición transitoria única.
Disposición transitoria única.
Las sanciones previstas por esta Ley y derivadas de la obligación de censar un animal, no podrán corresponder sino a infracciones cometidas una vez transcurrido un año desde su entrada en vigor.


