Legislación › Resolución de 20 de julio de 1992, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de funciones a la Inspección de los Tributos, en el ámbito de las competencias del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales.
Séptimo. Disposición adicional segunda.
Séptimo. Disposición adicional segunda.
La Subdirección General de Inspección e Investigación ejercerá, entre otras, las siguientes funciones y competencias: la realización directa de actuaciones inspectoras y de control de restituciones a la exportación; la definición, dirección y planificación de los instrumentos de análisis de riesgo en el ámbito del comercio exterior, de seguridad en la cadena logística y de Impuestos Especiales, así como su implementación, seguimiento y explotación y las actuaciones derivadas del cumplimiento de la normativa comunitaria referida a la asistencia mutua administrativa o de convenios en la materia suscritos por España o por la Unión Europea.
Se modifica por los apartados 4 y 6 de la Resolución de 12 de diciembre de 2007. BOE-A-2007-22251.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2008 En vigor | BOE-A-2007-22251 | Leer | Qué cambió |
| 1 de agosto de 1992 | Texto original | Leer |


