Legislación › Real Decreto 984/1992, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Tropa y Marinería profesionales de las Fuerzas Armadas.
Artículo 3. Cometidos profesionales.
Artículo 3. Cometidos profesionales.
El personal de tropa y marinería profesionales desempeñará cometidos operativos, de utilización y mantenimiento de armamento, equipos y sistemas, logísticos y de administración, en las unidades, centros y organismos de las Fuerzas Armadas y las funciones generales propias de su empleo militar.


