Legislación › Ley 1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
Artículo 51. El Defensor de los Usuarios.
Artículo 51. El Defensor de los Usuarios.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria 2 de la Ley autonómica 5/2005, de 16 de diciembre.BOE-A-2006-1774.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de enero de 2006 En vigor | BOE-A-2006-1774 | Leer | Qué cambió |
| 2 de agosto de 1992 | Texto original | Leer |


