Legislación › Real Decreto 1085/1992, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la actividad de distribución de gases licuados del petróleo.
Artículo 29. Especificaciones de los gases suministrados.
Artículo 29. Especificaciones de los gases suministrados.
Las empresas suministradoras deberán asegurar que las características básicas del gas suministrado se ajusten a las especificaciones que para el butano y propano comercial hayan sido aprobadas para cada tipo de uso por el órgano administrativo competente.
El organismo territorial competente podrá revisar, siempre que lo estime pertinente, de oficio o a instancia de parte interesada, las características del gas suministrado con el fin de comprobar que se mantienen dentro de los límites autorizados.


