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Real Decreto 1085/1992, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la actividad de distribución de gases licuados del petróleo.

En vigor Ministerio de Industria, Comercio y Turismo · Publicada el 9 de octubre de 1992 · Último cambio el 18 de marzo de 2010 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. Artículo único. Aprobación del Reglamento.
  4. Disposición derogatoria única. Derogación de la normativa anterior.
  5. Disposición final única. Entrada en vigor.
  6. [firma]
  7. ANEXO
  8. CAPÍTULO I
  9. Artículo 1. Definiciones. 2 redacciones · cambió el 18/03/2010
  10. Artículo 2. Clasificación. 2 redacciones · cambió el 18/03/2010
  11. Artículo 3. Obligaciones generales. 2 redacciones · cambió el 18/03/2010
  12. CAPÍTULO II
  13. Artículo 4. Inicio de la actividad de operador al por mayor y de comercialización al por menor de G. L. P. a granel. 2 redacciones · cambió el 18/03/2010
  14. Sección 1
  15. Artículo 5. Requisitos de los sujetos para el ejercicio de la actividad de operador al por mayor. 2 redacciones · cambió el 18/03/2010
  16. Artículo 6. Capacidad legal, técnica y financiera. 2 redacciones · cambió el 18/03/2010
  17. Artículo 7. Suministros contractualmente asegurados. 2 redacciones · cambió el 18/03/2010
  18. Artículo 8. Medios de almacenamiento para el desarrollo de la actividad. 2 redacciones · cambió el 18/03/2010
  19. Artículo 9. Existencias mínimas de seguridad. 2 redacciones · cambió el 18/03/2010
  20. Sección 2
  21. Artículo 10. El cumplimiento de sus instalaciones de las condiciones técnicas y de seguridad reglamentarias. 2 redacciones · cambió el 18/03/2010
  22. Artículo 11. Requisitos de los sujetos para el ejercicio de la actividad de comercializador al por menor de G. L. P. a granel. 2 redacciones · cambió el 18/03/2010
  23. Artículo 12. Autorización administrativa de instalaciones. 2 redacciones · cambió el 18/03/2010
  24. Artículo 13. Existencias mínimas de seguridad de consumidores o usuarios finales. 2 redacciones · cambió el 18/03/2010
  25. Sección 3
  26. Artículo 14. Inhabilitación para ejercer la actividad de operador. 2 redacciones · cambió el 18/03/2010
  27. Artículo 15. Inhabilitación para ejercer la actividad de comercializador al por menor de G. L. P. a granel. 2 redacciones · cambió el 18/03/2010
  28. CAPÍTULO III
  29. Artículo 16. Idoneidad técnica de las instalaciones.
  30. Artículo 17. Depósitos e instalaciones receptoras.
  31. Artículo 18. Equipos de medida.
  32. Artículo 19. Obligaciones de las empresas instaladoras de gas.
  33. Artículo 20. Obligaciones de la empresa suministradora previas al suministro.
  34. Artículo 21. Otras obligaciones de la empresa suministradora.
  35. Artículo 22. Obligaciones de los titulares de contrato de suministro.
  36. Artículo 23. Obligaciones de los fabricantes y proveedores.
  37. CAPÍTULO IV
  38. Artículo 24. Suscripción de contrato de suministro.
  39. Artículo 25. Obligación de suministro.
  40. Artículo 26. Causas de negativa de suministro.
  41. Artículo 27. Formalización y resolución del contrato de suministro.
  42. Artículo 28. Causas de resolución del contrato de suministro.
  43. Artículo 29. Especificaciones de los gases suministrados.
  44. Artículo 30. Causas de suspensión temporal del suministro.
  45. Artículo 31. Causas de privación del suministro.
  46. Artículo 32. Requisitos de los envases de G.L.P.
  47. Artículo 33. Envasado, distribución y venta de envases populares.
  48. Artículo 34. Distribución de G.L.P. a granel para automoción.
  49. Artículo 35. Distribución de G.L.P. por canalización.
  50. CAPÍTULO V
  51. Artículo 36. Facturación.
  52. Artículo 37. Derechos de alta y fianzas.
  53. Artículo 38. Remisión de información por las empresas suministradoras.
  54. CAPÍTULO VI
  55. Artículo 39. Infracciones.
  56. Artículo 40. Clasificación de las infracciones.
  57. Artículo 41. Responsabilidades.
  58. Artículo 42. Sanciones.
  59. Artículo 43. Procedimiento sancionador.
  60. Disposición adicional primera. Inscripción en los Registros de Operadores y de Empresas Suministradoras.
  61. Disposición adicional segunda. Autorización a empresas refineras.
  62. Disposición transitoria primera. Adaptación de contratos.
  63. Disposición transitoria segunda. Autorización de actividades.
  64. Disposición final primera. Exclusión del Reglamento general del servicio público de gases combustibles.
  65. Disposición final segunda. Carácter básico.
  66. Disposición final tercera. Habilitación al Ministro de Industria, Comercio y Turismo.
  67. [INFORMACIÓN RELACIONADA]