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Legislación › Ley 5/1992, de 10 de junio, de creación del Instituto Gallego de Promoción Económica.

Artículo 18.

Artículo 18.

El control de eficacia será ejercido por la Consellería de Economía y Hacienda, basándose en la comprobación del cumplimiento de los objetivos fijados en el plan estratégico trianual y en los respectivos planes anuales.

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