Legislación › Ley 5/1992, de 10 de junio, de creación del Instituto Gallego de Promoción Económica.
Artículo 18.
Artículo 18.
El control de eficacia será ejercido por la Consellería de Economía y Hacienda, basándose en la comprobación del cumplimiento de los objetivos fijados en el plan estratégico trianual y en los respectivos planes anuales.


