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Legislación › Ley 39/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993.

ANEXO VI

ANEXO VI

Costes de personal de las Universidades de Competencia de la Administración del Estado

Conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de esta Ley, el coste de personal funcionario docente y no docente y contratado docente tiene el siguiente detalle por Universidades, en miles de pesetas, sin incluir trienios, Seguridad Social ni las partidas que, en aplicación del Real Decreto 1558/1986, de 28 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 31 de julio). y disposiciones que lo desarrollan vengan a incorporar a su presupuesto las Universidades, procedentes de las Instituciones Sanitarias correspondientes, para financiar las retribuciones de las plazas vinculadas:

Universidades

Personal docente funcionario y contratado

Personal no docente funcionario

Alcalá de Henares

2.776.146

646.706

Cantabria

2.742.918

511.923

Castilla-La Mancha

3.043.851

635.146

Extremadura

3.178.180

485.256

Islas Baleares

1.796.668

320.256

León

2.220.785

445.184

Madrid-Autónoma

6.507.352

863.814

Madrid-Carlos III

1.042.258

211.665

Madrid Complutense

17.159.471

2.497.872

Madrid Politécnica

10.320.411

2.074.819

Murcia

5.020.767

780.408

Oviedo

5.463.126

903.690

Salamanca

5.551.756

861.579

UNED

3.648.273

1.021.438

Valladolid

6.392.634

943.883

Zaragoza

6.531.940

1.046.840

La Rioja

721.114

124.364

Se modifica por el art. 2 del Real Decreto-ley 1/1993, de 8 de enero. BOE-A-1993-688

Esta modificación produce efectos económicos desde el 1 de enero de 1993, según establece la disposición final 1 del citado Real Decreto-ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de enero de 1993 En vigor BOE-A-1993-688 Leer Qué cambió
1 de enero de 1993 Texto original Leer

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