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Ley 39/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 30 de diciembre de 1992 · Último cambio el 30 de octubre de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. TITULO I
  4. CAPITULO I
  5. Artículo 1. Ambito de los Presupuestos Generales del Estado.
  6. Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los Entes referidos en las letras a) a e) del artículo uno de la presente Ley.
  7. Artículo 3. De los beneficios fiscales.
  8. Artículo 4. De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de la presente Ley.
  9. Artículo 5. De la Cuenta de operaciones comerciales de los Organismos autónomos de carácter comercial, industrial, financiero o análogo.
  10. Artículo 6. De los presupuestos de los Entes referidos en las letras f), g) y h) del artículo 1 de esta Ley.
  11. Artículo 7. Del presupuesto resumen de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local.
  12. CAPITULO II
  13. Artículo 8. Principios generales.
  14. Artículo 9. Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias.
  15. Artículo 10. De las limitaciones presupuestarias. 2 redacciones · cambió el 05/10/1993
  16. CAPITULO III
  17. Artículo 11. De la Seguridad Social.
  18. TITULO II
  19. CAPITULO I
  20. Artículo 12. Contratación del transporte escolar.
  21. CAPITULO II
  22. Artículo 13. Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de Centros concertados.
  23. Artículo 14. Autorización de los costes de personal de las Universidades de competencia de la Administración del Estado.
  24. CAPITULO III
  25. Artículo 15. Normas de gestión de los créditos cofinanciados por la Comunidad Económica Europea.
  26. CAPITULO IV
  27. Artículo 16. Modificación de las normas sobre gestión presupuestaria.
  28. Artículo 17. Gestión de subvenciones a favor de las Comunidades Autónomas.
  29. Artículo 18. Concesión de becas y ayudas al estudio.
  30. CAPITULO V
  31. Artículo 19. Normas reguladoras de la Intervención en las Entidades gestoras de la Seguridad Social. 2 redacciones · cambió el 29/06/1994
  32. TITULO III
  33. CAPITULO I
  34. Sección 1
  35. Artículo 20. Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  36. Artículo 21. Personal del sector público estatal no sometido a la legislación laboral. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  37. Artículo 22. Personal laboral del sector público estatal. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  38. Sección 2
  39. Artículo 23. Retribuciones de los altos cargos. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  40. Sección 3
  41. Artículo 24. Retribuciones de los funcionarios del Estado incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  42. Sección 4
  43. Artículo 25. Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  44. Sección 5
  45. Artículo 26. Retribuciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  46. Artículo 27. Retribuciones del Voluntariado Especial de la Guardia Civil. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  47. Artículo 28. Retribuciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  48. Sección 6
  49. Artículo 29. Retribuciones de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal y del personal al servicio de la Administración de Justicia. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  50. Sección 7
  51. Artículo 30. Retribuciones del personal de la Seguridad Social. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  52. Artículo 31. Retribuciones de los funcionarios de Cuerpos de Sanitarios Locales. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  53. Artículo 32. Retribuciones del personal contratado administrativo. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  54. CAPITULO II
  55. Sección 1
  56. Artículo 33. Prohibición de ingresos atípicos.
  57. Artículo 34. Recompensas, cruces y medallas. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  58. Artículo 35. Otras normas comunes. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  59. Sección 2
  60. Artículo 36. Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario.
  61. Artículo 37. Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones.
  62. TITULO IV
  63. CAPITULO I
  64. Artículo 38. Determinación inicial de pensiones de Clases Pasivas del Estado.
  65. Artículo 39. Determinación inicial de pensiones especiales de guerra.
  66. Artículo 40. Determinación inicial de pensiones no contributivas de la Seguridad Social
  67. CAPITULO II
  68. Artículo 41. Limitación del señalamiento inicial de pensiones públicas.
  69. CAPITULO III
  70. Artículo 42. Revalorización y modificación de los valores de pensiones públicas para 1993.
  71. Artículo 43. Pensiones no revalorizables para 1993.
  72. Artículo 44. Limitación del importe de la revalorización para 1993 de las pensiones públicas.
  73. CAPITULO IV
  74. Artículo 45. Limitaciones para el reconocimiento de complementos para mínimos en pensiones de Clases Pasivas y de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local.
  75. Artículo 46. Limitaciones para el reconocimiento de los complementos para pensiones inferiores a la mínima en el Sistema de la Seguridad Social e importes de dichas pensiones.
  76. CAPITULO V
  77. Artículo 47. Pensiones no concurrentes del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez.
  78. TITULO V
  79. CAPITULO I
  80. Artículo 48. Deuda Pública.
  81. Artículo 49. Operaciones de crédito autorizadas a Organismos Autónomos y Entes Públicos.
  82. Artículo 50. Asunción por el Estado de Deuda del Instituto Nacional de Industria.
  83. Artículo 51. Asunción por el Estado de Deuda del «Comité Organizador Olímpico Barcelona 92, Sociedad Anónima».
  84. Artículo 52. Información de la evolución de la Deuda del Estado al Ministerio de Economía y Hacienda.
  85. CAPITULO II
  86. Artículo 53. Importe de los avales del Estado.
  87. Artículo 54. Avales de los Organismos Autónomos y otros Entes Públicos.
  88. Artículo 55. Avales de Entidades de Crédito de Capital Público Estatal por reconversión.
  89. Artículo 56. Información sobre avales públicos otorgados.
  90. Artículo 57. Aval del Estado español al de Argentina
  91. CAPITULO III
  92. Artículo 58. Préstamos del Estado al Instituto de Crédito Oficial.
  93. Artículo 59. Compensación del Estado al Instituto de Crédito Oficial para financiación de créditos a la exportación.
  94. Artículo 60. Reembolsos del Estado al Instituto de Crédito Oficial.
  95. Artículo 61. Otras compensaciones del Estado al Instituto de Crédito Oficial.
  96. Artículo 62. Información a las Cortes Generales en materia del Instituto de Crédito Oficial.
  97. Artículo 63. Fondo de Ayudas al Desarrollo. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
  98. TITULO VI
  99. CAPITULO I
  100. Sección 1
  101. Artículo 64. Incrementos y disminuciones de patrimonio. Concepto.
  102. Artículo 65. Importe de los incrementos o disminuciones. Norma general.
  103. Artículo 66. Escala individual.
  104. Artículo 67. Deducciones.
  105. Artículo 68. Comprobación de la situación patrimonial.
  106. Artículo 69. Escala conjunta.
  107. Sección 2
  108. Artículo 70. Tipos de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades.
  109. Artículo 71. Pago a cuenta del impuesto sobre Sociedades.
  110. Artículo 72. Deducciones por inversiones y creación de empleo.
  111. Artículo 73. Recurso de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación. 2 redacciones · cambió el 23/03/1993
  112. Sección 3
  113. Artículo 74. Impuestos sobre Bienes Inmuebles.
  114. Artículo 75. Impuesto sobre Actividades Económicas.
  115. CAPITULO II
  116. Sección única
  117. Artículo 76. Transmisiones y rehabilitaciones de títulos y grandezas.
  118. Artículo 77. Cuota tributaria.
  119. Artículo 78. Beneficios fiscales.
  120. CAPITULO III
  121. Artículo 79. Tasas.
  122. TITULO VII
  123. CAPITULO I
  124. Artículo 80. Participación de los municipios en los tributos del Estado para el ejercicio de 1993.
  125. Artículo 81. Participación de las provincias, Comunidades autónomas uniprovinciales no insulares e islas, en los tributos del Estado para el ejercicio de 1993.
  126. Artículo 82. Entregas a cuenta y liquidación definitiva de las participaciones a favor de las Corporaciones locales.
  127. Artículo 83. Subvenciones a las Entidades locales por servicios de transporte colectivo urbano.
  128. Artículo 84. Compensación de los beneficios fiscales concedidos a las personas físicas o jurídicas en los tributos locales, como consecuencia de inundaciones y otras catástrofes.
  129. Artículo 85. Otras subvenciones a las Entidades Locales
  130. Artículo 86. Anticipos de los Ayuntamientos por desfases en la gestión recaudatoria de los Tribunales Locales.
  131. Artículo 87. Información a suministrar por las Corporaciones Locales.
  132. Artículo 88. Retenciones a practicar a los municipios en aplicación de la disposición adicional decimocuarta de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  133. CAPITULO II
  134. Artículo 89. Porcentajes definitivos de participación de las Comunidades Autónomas en los ingresos del Estado, aplicables en 1 de enero de 1993.
  135. Artículo 90. Participación de las Comunidades Autónomas en los ingresos del Estado.
  136. Artículo 91. Liquidación definitiva de la participación de las Comunidades Autónomas en los ingresos del Estado para 1992.
  137. Artículo 92. Transferencias a Comunidades Autónomas correspondientes al coste de los nuevos servicios traspasados.
  138. Artículo 93. Fondo de Compensación Interterritorial.
  139. Artículo 94. Limitaciones presupuestarias.
  140. TITULO VIII
  141. CAPITULO I
  142. Artículo 95. Reordenación de Organismos autónomos y Entidades públicas.
  143. CAPITULO II
  144. Artículo 96. Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas.
  145. CAPITULO III
  146. Artículo 97. Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  147. TITULO IX
  148. Artículo 98. Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional.
  149. Artículo 99. Cotización a las Mutualidades Generales de Funcionarios para 1993.
  150. Disposición adicional primera. Garantía del Estado para obras de interés cultural.
  151. Disposición adicional segunda. Seguimiento de objetivos.
  152. Disposición adicional tercera. Régimen de Seguridad Social de los funcionarios de la Administración del Estado.
  153. Disposición adicional cuarta. Régimen de la Seguridad Social de los funcionarios del Estado transferidos a las Comunidades Autónomas.
  154. Disposición adicional quinta. Prestaciones económicas de la Seguridad Social por hijo a cargo.
  155. Disposición adicional sexta. Asignación tributaria a fines religiosos y otros
  156. Disposición adicional séptima. Beneficios fiscales aplicables al «Año Santo Compostelano 1993.
  157. Disposición adicional octava. Seguro de Crédito a la Exportación
  158. Disposición adicional novena. Interés legal del dinero.
  159. Disposición adicional décima. Subvención a las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz.
  160. Disposición adicional undécima. Subvenciones al transporte aéreo.
  161. Disposición adicional duodécima. Ingresos por servicios sanitarios prestados a terceros. 2 redacciones · cambió el 29/06/1994
  162. Disposición adicional decimotercera. Gestión presupuestaria de honorarios e indemnizaciones de peritos.
  163. Disposición adicional decimocuarta. Precios públicos en materia educativa.
  164. Disposición adicional decimoquinta. Apertura del plazo de solicitudes de la Ley 37/1984.
  165. Disposición adicional decimosexta. Empresa Nacional Bazán.
  166. Disposición adicional decimoséptima. Docencia no universitaria.
  167. Disposición adicional decimoctava. Gestión de prestaciones del INEM.
  168. Disposición adicional decimonovena. Sierra Nevada 95.
  169. Disposición adicional vigésima. Asociación Española contra el Cáncer.
  170. Disposición adicional vigésima primera. Pensiones asistenciales y subsidios económicos de la Ley 13/1982 de Integración Social de Minusválidos.
  171. Disposición adicional vigésima segunda. Modificación de la Ley 74/1980, de 29 de diciembre.
  172. Disposición adicional vigésima tercera. Financiación del Acuerdo Nacional sobre Formación Continua. 2 redacciones · cambió el 22/05/2002
  173. Disposición adicional vigésima cuarta. Revisión salarial. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  174. Disposición transitoria primera. Indemnización por residencia del personal al servicio del sector público estatal no sometido a legislación laboral. 2 redacciones · cambió el 12/01/1993
  175. Disposición transitoria segunda. Relaciones de puestos de trabajo.
  176. Disposición transitoria tercera. Régimen Especial de la Seguridad Social de los funcionarios de la Administración Local.
  177. Disposición transitoria cuarta. Fondo de Solidaridad.
  178. Disposición transitoria quinta. Haber en mano del personal militar.
  179. Disposición transitoria sexta. Gestión del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
  180. Disposición transitoria séptima. Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  181. Disposición transitoria octava. Suspensión temporal parcial de la oferta de empleo público.
  182. Disposición transitoria novena. Haciendas Locales.
  183. Disposición final primera. Plan de Empleo Rural.
  184. Disposición final segunda. Autorización al Presidente del Gobierno en materia de reestructuraciones administrativas.
  185. Disposición final tercera. Gestión de créditos presupuestarios en materia de Clases Pasivas. 25 redacciones · cambió el 30/10/2015
  186. [firma]
  187. ANEXO I
  188. ANEXO II
  189. ANEXO III
  190. ANEXO IV
  191. ANEXO V
  192. ANEXO VI
  193. ANEXO VII