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Legislación › Ley 3/1992, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Artículo 60.

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Artículo 60.
1. La enajenación de bienes inmuebles del patrimonio de la Comunidad Autónoma, requerirá declaración previa de su alienabilidad dictada por el Consejo de Gobierno a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Fomento, previo informe de la Consejería interesada y de los Servicios Jurídicos de la Comunidad en su caso.
2. Corresponderá a dicha Consejería acordar la enajenación cuando el valor del inmueble, según tasación pericial, no exceda de 60 millones 100.000.000 de pesetas; al Consejo de Gobierno Gobierno, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, cuando, sobrepasando esa cantidad, no exceda de 300 millones 600.000.000 de pesetas, y a pesetas. Si supera dicho valor, la enajenación deberá ser autorizada por Ley de la Asamblea Regional cuando supere dicho valor. Regional.
3. La enajenación de los bienes a que se refiere el artículo 47.2, cualquiera que sea su valor, no requerirá declaración previa de alineabilidad y podrá acordarse por el Consejero correspondiente, sin perjuicio de dar cuenta de ello a la Consejería de Economía, Hacienda y Fomento.
4. La enajenación de los bienes inmuebles se realizará mediante subasta pública, salvo cuando el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Fomento, Administración Pública, acuerde su enajenación directa y siempre que el valor de tasación no supere los 150 millones 600.000.000 de pesetas.
5. Antes de concluir los trámites conducentes a la enajenación del inmueble, se procederá a depurar la situación física y jurídica del mismo, practicándose un deslinde si fuere necesario e inscribiéndose, si no lo estuviese ya, en el Registro de la Propiedad.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de junio de 2012 En vigor BOE-A-2013-1869 Leer Qué cambió
25 de mayo de 2012 BOE-A-2013-1788 Leer Qué cambió
1 de enero de 2011 BOE-A-2011-10541 Leer Qué cambió
1 de enero de 1994 BOE-A-1994-6403 Leer Qué cambió
3 de septiembre de 1992 Texto original Leer

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