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Legislación › Ley Foral 13/1992, de 19 de noviembre, del Impuesto sobre el Patrimonio.

Artículo 3. Ámbito de aplicación.

Artículo 3. Ámbito de aplicación.

Corresponde a la Comunidad Foral la exacción del Impuesto conforme a lo previsto en el artículo 17 del Convenio Económico.

Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2011, por el art. 2.1 de la Ley Foral 20/2011, de 28 de diciembre. BOE-A-2012-1546

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2011 En vigor BOE-A-2012-1546 Leer Qué cambió
1 de enero de 1993 Texto original Leer

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