Legislación › Ley Foral 13/1992, de 19 de noviembre, del Impuesto sobre el Patrimonio.
Artículo 3. Ámbito de aplicación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1993 y la del 31 de diciembre de 2011.
Tachado: lo que se quitó (21 palabras). Subrayado: lo que se añadió (11 palabras).
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Artículo 3. Ámbito de aplicación aplicación.
Corresponde a la Comunidad Foral la exacción del impuesto en los mismos supuestos Impuesto conforme a lo previsto en los que sea competente para la exacción el artículo 17 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Convenio Económico.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2011 En vigor | BOE-A-2012-1546 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1993 | Texto original | Leer |


