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Legislación › Ley Foral 13/1992, de 19 de noviembre, del Impuesto sobre el Patrimonio.

Artículo 3. Ámbito de aplicación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1993 y la del 31 de diciembre de 2011. Tachado: lo que se quitó (21 palabras). Subrayado: lo que se añadió (11 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 3. Ámbito de aplicación aplicación.
Corresponde a la Comunidad Foral la exacción del impuesto en los mismos supuestos Impuesto conforme a lo previsto en los que sea competente para la exacción el artículo 17 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Convenio Económico.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2011 En vigor BOE-A-2012-1546 Leer Qué cambió
1 de enero de 1993 Texto original Leer

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