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Legislación › Ley 2/1993, de 29 de octubre, de pesca marítima en aguas interiores y aprovechamiento de recursos marinos.

Artículo 43. Mejora de estructuras comerciales.

Artículo 43. Mejora de estructuras comerciales.

Con el fin de mejorar las estructuras comerciales de los productos pesqueros, la Consejería de Medio Rural y Pesca:

a) Apoyará a las organizaciones de productores pesqueros, Cofradías de Pescadores y Cooperativas de Pesca, para su participación en los canales de comercialización de las mismas.

b) Fomentará la comercialización dse los productos mediante la normalización, clasificación e identificación de los mismos.

c) Fomentará acuerdos intersectoriales entre las organizaciones extractivas pesqueras y las Entidades de promoción y consumo de los productos de las actividades pesqueras.

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