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Legislación › Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña.

Artículo 69. Infracciones y sanciones.

Artículo 69. Infracciones y sanciones.

Las infracciones tributarias de la contribución deben calificarse y sancionarse conforme a lo establecido por la Ley general tributaria y sus normas de desarrollo.

Se modifica por el art. 31 de la Ley 16/2008, de 23 de diciembre. BOE-A-2009-1257.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2009 En vigor BOE-A-2009-1257 Leer Qué cambió
19 de mayo de 1994 Texto original Leer

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