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Legislación › Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña.

Disposición adicional octava.

Disposición adicional octava.

Las referencias que se hacen en la presente Ley a la Escuela de Bomberos de Cataluña se entienden hechas a la Escuela de Bomberos y Seguridad Civil de Cataluña.

Se añade por el art. 5 de la Ley 5/1999, de 12 de julio. BOE-A-1999-17138.

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