Legislación › Real Decreto 1047/1994, de 20 de mayo, relativo a las normas mínimas para la protección de terneros.
Artículo 5. Control.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de julio de 1994 y la del 9 de marzo de 2023.
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Artículo 5. Control.
1. El control del cumplimiento de las normas contenidas en el presente Real Decreto se efectuará por los Los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, a cuyo fin efectuarán comunidades autónomas y de las inspecciones precisas, remitiendo trimestralmente ciudades de Ceuta y Melilla remitirán al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación informe sobre el resultado de dichas inspecciones. los controles
Estas inspecciones, que podrán realizarse con motivo deefectuados con otros fines, deberán abarcar cada oficiales realizados el año una muestra estadísticamente representativa anterior para comprobar el cumplimiento de los distintos sistemas de cría requisitos del territorio nacional. presente real decreto.
2. Cada dos años, antes del último día laborable del mes El formato de abril dicho informe y por vez primera antes del 30 la fecha de abril remisión se determinarán de 1996, el Ministerio acuerdo con lo establecido en la normativa de Agricultura, Pesca y Alimentación a través del cauce correspondiente informará a la Comisión Unión Europea y en la Mesa de coordinación sobre bienestar y protección de los resultados animales mantenidos con fines agrarios y para la acuicultura, de las inspecciones llevadas forma que sea posible dar cumplimiento a cabo en el transcurso lo establecido por la normativa de la Unión Europea.
3. El informe irá acompañado de un análisis de los dos años precedentes con arreglo a las disposiciones del presente artículo, incluido el número casos más graves de inspecciones realizadas en relación con el número total incumplimiento observados y de explotaciones del Estado. un plan de acción para evitar o reducir su repetición en los años siguientes.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de marzo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-6083 | Leer | Qué cambió |
| 8 de julio de 1994 | Texto original | Leer |


