LexTotal

Legislación › Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunidad Valenciana.

Disposición final segunda.

Disposición final segunda.

Se faculta al Consejo para que pueda dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de esta Ley. Su Reglamento ejecutivo se aprobará en el plazo de un año de su entrada en vigor.

← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →