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Legislación › Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras.

Artículo 23. Estudio de planeamiento.

Artículo 23. Estudio de planeamiento.

El estudio de planeamiento constará de memoria con sus anexos, y planos, que comprenderán:

a) La exposición y delimitación del objeto del estudio.

b) La recopilación de datos referentes a la estructura socioeconómica, ordenación territorial, medio ambiente, seguridad vial y demanda del transporte y su evolución.

c) El análisis de la situación actual en relación con la estructura socioeconómica, ordenación territorial y oferta y demanda vial y de transporte en la zona de estudio.

d) Las previsiones y repercusiones socioeconómicas y de demanda de transporte en un determinado año horizonte.

e) Los esquemas viales posibles, su comparación y selección de los más recomendables.

f) La incidencia de dichos esquemas sobre el planeamiento territorial o urbanístico en vigor en el ámbito objeto del estudio.

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