Legislación › Real Decreto 1879/1994, de 16 de septiembre, por el que se aprueban determinadas normas procedimentales en materia de Justicia e Interior.
Artículo 3. Procedimiento para la cancelación de antecedentes penales.
Artículo 3. Procedimiento para la cancelación de antecedentes penales.
Las solicitudes de cancelación de antecedentes penales reguladas por el Real Decreto 2012/1983, de 28 de julio, formuladas por los interesados, tendrán como plazo para su resolución el de tres meses y podrán entenderse estimadas cuando no haya recaído resolución expresa en el indicado plazo.


