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Legislación › Orden de 12 de enero de 1995 por la que se establecen las tarifas eléctricas.

Quinto.

Quinto.

«Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» percibirá, como el componente diferenciado de las tarifas que constituye la contrapartida provisional a la prestación de sus servicios, el 2,484 por 100 de Ia facturación por venta de energía suministrada a los abonados finales de la Península.

La Dirección General de la Energía establecerá el procedimiento de aplicación y la base de recaudación de este porcentaje.

Se deroga en cuanto se oponga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 2204/1995, de 28 de diciembre. BOE-A-1995-27852.

Se deroga en cuanto se oponga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 2204/1995, de 28 de diciembre. BOE-A-1995-27852.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 1996 En vigor BOE-A-1995-27852 Leer Qué cambió
3 de febrero de 1995 Texto original Leer

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