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Legislación › Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

Disposición adicional quinta.

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Disposición adicional quinta.
Reglamentariamente se adecuarán a A la presente Ley las normas reguladoras entrada en vigor de los distintos procedimientos, cualquiera que sea su rango, con específica mención a los efectos estimatorios o desestimatorios que esta Ley, el «Boletín Oficial del Principado de Asturias y de la falta Provincia» pasará a denominarse «Boletín Oficial del Principado de resolución expresa produzca. Asturias».

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de diciembre de 2025 En vigor BOE-A-2025-25708 Leer Qué cambió
4 de abril de 1995 Texto original Leer

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