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Legislación › Ley 8/1995, de 30 de marzo, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de actividades clasificadas y parques acuáticos, reguladora del procedimiento y de las infracciones y sanciones.

Artículo 29. Remisión del informe y la calificación.

Artículo 29. Remisión del informe y la calificación.

El consejo insular o la Conselleria de Gobernación calificará la actividad y remitirá la correspondiente resolución al ayuntamiento para que, de acuerdo con sus determinaciones, otorgue o deniegue la licencia de instalación solicitada.

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