Legislación › Ley 3/1995, de 21 de marzo, de la infancia de la Región de Murcia.
Artículo 17. Cese de las medidas.
Artículo 17. Cese de las medidas.
Las medidas de protección cesan por:
a) Mayoría o habilitación de edad.
b) Adopción del menor. ‘
c) Resolución judicial.
d) Acuerdo del organismo competente, cuando hayan desaparecido las circunstancias que dieron lugar a la adopción de la medida


