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Legislación › Ley 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid.

Artículo 10.

Artículo 10.

1. Los titulares de los altos cargos enumerados en el artículo 2 están obligados a formular ante el Registro de Bienes y Derechos Patrimoniales a que se refiere el artículo 13.2 de esta Ley, y en los términos que reglamentariamente se establezcan, una declaración comprensiva de la totalidad de sus bienes, derechos y obligaciones.

2. Esta declaración se presentará en el improrrogable plazo de los dos meses siguientes a la fecha de su nombramiento y cese en el citado Registro, y acompañada de copia de la última declaración tributaria correspondiente al impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto extraordinario sobre el patrimonio, en su caso.

3. Además, anualmente y antes del 30 de noviembre, deberán obrar en el mismo Registro copia de las declaraciones tributarias mencionadas en el número anterior.

Se modifica por el art. 30.2 de la Ley 11/2022, de 21 de diciembre. BOE-A-2023-7343

Se añade el apartado 4 la disposición final 1 de la Ley 10/2019, de 10 de abril. BOE-A-2019-10102

Esta adicción entra en vigor el 1 de enero de 2020, según establece la disposición final 3 de la citada ley.

Se modifica el apartado 3 por el art. 11.3 de la Ley 5/2004, de 28 de diciembre. BOE-A-2005-2732.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de diciembre de 2022 En vigor BOE-A-2023-7343 Leer Qué cambió
1 de enero de 2020 BOE-A-2019-10102 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2005-2732 Leer Qué cambió
4 de mayo de 1995 Texto original Leer

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