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Legislación › Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales.

Artículo 119. Criterios de graduación de las sanciones especiales.

Artículo 119. Criterios de graduación de las sanciones especiales.

(Derogado)

Se deroga por el art. 1.27 del Real Decreto 1074/2014, de 19 de diciembre. BOE-A-2014-13253.

Se modifica por el art. único.83 del Real Decreto 191/2010, de 26 de febrero. BOE-A-2010-3369

Se convierten a euros las cuantías contempladas en el apartado 1 por el punto 1 y anexo I de la Resolución de 20 de noviembre de 2001. BOE-A-2001-22447

Redactado conforme a la corrección de errores y erratas publicadas en BOE núm. 2, de 2 de enero de 2002. BOE-A-2002-36

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2014-13253 Leer Qué cambió
1 de abril de 2010 BOE-A-2010-3369 Leer Qué cambió
20 de diciembre de 2001 BOE-A-2001-22447 Leer Qué cambió
1 de octubre de 1995 Texto original Leer

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