Legislación › Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales.
Artículo 32 bis. Procedimiento de recepción en la circulación intracomunitaria en caso de indisponibilidad del sistema informático.
Artículo 32 bis. Procedimiento de recepción en la circulación intracomunitaria en caso de indisponibilidad del sistema informático.
(Derogado)
Se deroga por el art. único.30 del Real Decreto 1715/2012, de 28 de diciembre. BOE-A-2012-15700.
Se añade por el art. único.30 del Real Decreto 191/2010, de 26 de febrero. BOE-A-2010-3369
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2013 En vigor | BOE-A-2012-15700 | Leer | Qué cambió |
| 1 de abril de 2010 | BOE-A-2010-3369 | Leer |


