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Legislación › Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales.

Artículo 72 bis. Obtención residual de alcohol en fábricas de productos intermedios.

Artículo 72 bis. Obtención residual de alcohol en fábricas de productos intermedios.

(Derogado)

Se deroga por el art. único.54 del Real Decreto 1715/2012, de 28 de diciembre. BOE-A-2012-15700.

Se añade por el art. único.57 del Real Decreto 191/2010, de 26 de febrero. BOE-A-2010-3369

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2013 En vigor BOE-A-2012-15700 Leer Qué cambió
1 de abril de 2010 BOE-A-2010-3369 Leer

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