Legislación › Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid.
Artículo 86. Creación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de abril de 1995 y la del 20 de mayo de 1999.
Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (49 palabras).
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Artículo 86. Creación.
Se crean las Coordinadoras los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia como órganos colegiados de coordinación de las diferentes redes distintas Administraciones Públicas y de servicios públicos participación de las Entidades, Asociaciones y Organizaciones de la iniciativa social, que se ocupan o e inciden en la calidad de vida de los menores de edad que residen en el territorio de la Comunidad de Madrid. Asimismo, fomentan y articulan la participación social de niños, niñas y adolescentes que residen en su ámbito y contribuyen a la expresión y al conocimiento directo de sus intereses y necesidades.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de mayo de 1999 En vigor | BOE-A-1999-17591 | Leer | Qué cambió |
| 7 de abril de 1995 | Texto original | Leer |


