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Legislación › Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid.

Artículo 86. Creación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de abril de 1995 y la del 20 de mayo de 1999. Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (49 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 86. Creación.
Se crean las Coordinadoras los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia como órganos colegiados de coordinación de las diferentes redes distintas Administraciones Públicas y de servicios públicos participación de las Entidades, Asociaciones y Organizaciones de la iniciativa social, que se ocupan o e inciden en la calidad de vida de los menores de edad que residen en el territorio de la Comunidad de Madrid. Asimismo, fomentan y articulan la participación social de niños, niñas y adolescentes que residen en su ámbito y contribuyen a la expresión y al conocimiento directo de sus intereses y necesidades.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de mayo de 1999 En vigor BOE-A-1999-17591 Leer Qué cambió
7 de abril de 1995 Texto original Leer

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