Legislación › Real Decreto 1391/1995, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Gestión Financiera de la Seguridad Social.
Disposición adicional segunda. Función interventora.
Disposición adicional segunda. Función interventora.
El control interno de las operaciones de ingresos y pagos reguladas en este Reglamento se realizará por la Intervención General de la Seguridad Social conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 706/1997, de 16 de mayo, por el que se desarrolla el régimen de dicho control ejercido por la misma, y en las demás disposiciones que sean de aplicación.
Se modifica por el art. único.5 del Real Decreto 1891/1999, de 10 de diciembre. BOE-A-1999-24580
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de diciembre de 1999 En vigor | BOE-A-1999-24580 | Leer | Qué cambió |
| 28 de agosto de 1995 | Texto original | Leer |
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