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Legislación › Ley 10/1994, de 19 de diciembre, de creación del Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana.

Artículo 17. Clasificación y provisión de puestos.

Artículo 17. Clasificación y provisión de puestos.

Los puestos de trabajo se clasificarán y proveerán de acuerdo con las normas de la Ley de Función Pública Valenciana. La selección se realizará en la forma prevista por la misma.

Se modifica por el art. 14 de la Ley 5/2005, de 4 de agosto. BOE-A-2005-16053

Se modifica por el art. 3.3 de la Ley 14/1997, de 26 de diciembre. BOE-A-1998-8203

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de agosto de 2005 En vigor BOE-A-2005-16053 Leer Qué cambió
1 de enero de 1998 BOE-A-1998-8203 Leer Qué cambió
22 de enero de 1995 Texto original Leer

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