Legislación › Ley 10/1994, de 19 de diciembre, de creación del Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana.
Artículo 17. Clasificación y provisión de puestos.
Artículo 17. Clasificación y provisión de puestos.
Los puestos de trabajo se clasificarán y proveerán de acuerdo con las normas de la Ley de Función Pública Valenciana. La selección se realizará en la forma prevista por la misma.
Se modifica por el art. 14 de la Ley 5/2005, de 4 de agosto. BOE-A-2005-16053
Se modifica por el art. 3.3 de la Ley 14/1997, de 26 de diciembre. BOE-A-1998-8203
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de agosto de 2005 En vigor | BOE-A-2005-16053 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1998 | BOE-A-1998-8203 | Leer | Qué cambió |
| 22 de enero de 1995 | Texto original | Leer |


