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Legislación › Ley 10/1994, de 19 de diciembre, de creación del Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana.

Artículo 17. Clasificación y provisión de puestos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1998 y la del 10 de agosto de 2005. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (11 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 17. Clasificación y provisión de puestos.
Los puestos de trabajo administrativos se clasificarán y proveerán de acuerdo con las normas de la Ley de Función Pública Valenciana. La selección se realizará en la forma prevista por la misma.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de agosto de 2005 En vigor BOE-A-2005-16053 Leer Qué cambió
1 de enero de 1998 BOE-A-1998-8203 Leer Qué cambió
22 de enero de 1995 Texto original Leer

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