Legislación › Real Decreto 1324/1995, de 28 de julio, por el que se establece el Estatuto del personal del Centro Superior de Información de la Defensa.
Artículo 19. Situaciones administrativas.
Artículo 19. Situaciones administrativas.
El personal que preste servicio en el Centro Superior de Información de la Defensa podrá encontrarse respecto al mismo en una de las siguientes situaciones definidas en este capítulo:
a) Servicio activo.
b) Expectativa de destino.
c) Reserva.
d) Excedencia.
e) Suspenso de funciones.
Se modifica la letra d) por el art. único.15 del Real Decreto 327/2004, de 27 de febrero. BOE-A-2004-3714
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de febrero de 2004 En vigor | BOE-A-2004-3714 | Leer | Qué cambió |
| 20 de agosto de 1995 | Texto original | Leer |


