Legislación › Real Decreto 1324/1995, de 28 de julio, por el que se establece el Estatuto del personal del Centro Superior de Información de la Defensa.
Disposición adicional quinta.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de agosto de 1995 y la del 29 de febrero de 2004.
Tachado: lo que se quitó (44 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Disposición adicional quinta.
La relación de puestos de trabajo del Centro indicará aquellos en los que, caso de estar ocupados por personal militar o de la Guardia Civil con relación de carácter temporal, se cumplen condiciones de mando, función y específicas de su Ejército, Cuerpo y Escala. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de febrero de 2004 En vigor | BOE-A-2004-3714 | Leer | Qué cambió |
| 20 de agosto de 1995 | Texto original | Leer |
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