Legislación › Ley 9/1995, de 27 de julio, de regulación del acceso motorizado al medio natural.
Artículo 32. Exigibilidad.
Artículo 32. Exigibilidad.
El importe de las multas y los gastos ocasionados por la ejecución subsidiaria de las actuaciones de restitución de los bienes al estado anterior a la comisión de la infracción puede ser exigido por la vía administrativa de apremio.


