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Ley 9/1995, de 27 de julio, de regulación del acceso motorizado al medio natural.
En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 30 de agosto de 1995 · Último cambio el 31 de diciembre de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Coordinación.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 4. Respeto al medio, bienes y derechos.
- Artículo 5. Identificación.
- Artículo 6. Delimitación de los viales. 3 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Artículo 7. Prohibición de circular y estacionar campo a través y fuera de caminos y pistas. 2 redacciones · cambió el 31/12/2021
- Artículo 8. Limitaciones y prohibiciones. 2 redacciones · cambió el 31/12/2021
- Artículo 9. Usos y actividades tradicionales.
- Artículo 10. Limitaciones para la preservación de los terrenos de propiedad privada.
- Artículo 11. Señalización e inventario.
- Artículo 12. Circuitos específicos para la circulación motorizada.
- Artículo 13. Velocidad máxima.
- Artículo 14. Publicidad en materia de circulación.
- Sección 2
- Artículo 15. Definiciones.
- Artículo 16. Circulación motorizada en grupo.
- Artículo 17. Actividades organizadas. 2 redacciones · cambió el 06/10/2010
- Artículo 18. Limitación del horario de circulación.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 19. Definición.
- Artículo 20. Delimitación de espacios y recorridos. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Sección 2
- Artículo 21. Circuitos cerrados.
- Artículo 22. Ruido.
- Sección 3
- Artículo 23. Catálogo de circuitos y calendario de pruebas. 2 redacciones · cambió el 06/10/2010
- Artículo 24. Régimen de las autorizaciones.
- Artículo 25. Suspensión de las competiciones deportivas.
- Artículo 26. Retirada del material y reparación del terreno.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 27. Tipificaciones. 4 redacciones · cambió el 31/12/2021
- Artículo 28. Prescripción.
- Sección 2
- Artículo 29. Tramitación.
- Artículo 29 bis. Responsabilidad.
- Sección 3
- Artículo 30. Graduación. 2 redacciones · cambió el 05/04/2002
- Artículo 31. Competencia.
- Artículo 32. Exigibilidad.
- Artículo 33. Multas coercitivas.
- Artículo 34. Restitución del medio al estado anterior.
- Sección 4
- Artículo 35. Inmovilización de vehículos.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera. 2 redacciones · cambió el 03/08/2006
- Disposición adicional cuarta. 2 redacciones · cambió el 31/12/2021
- Disposición adicional quinta. 2 redacciones · cambió el 31/12/2021
- Disposición adicional sexta.
- Disposición transitoria única. 2 redacciones · cambió el 31/12/2021
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final única.
- Firma


