Legislación › Ley 9/1995, de 27 de julio, de regulación del acceso motorizado al medio natural.
Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria 1.c) de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. BOE-A-2022-953
Se añade por el art. 16 de la Ley 12/2006, de 27 de julio. BOE-A-2006-15005.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2022 En vigor | BOE-A-2022-953 | Leer | Qué cambió |
| 4 de agosto de 2006 | BOE-A-2006-15005 | Leer |
← Disposición adicional cuarta Índice Disposición adicional sexta →


