Legislación › Orden de 4 de octubre de 1995 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de la Orquesta Nacional de España.
Artículo 20.
Artículo 20.
Son Ayudas de Solistas o Primeras Partes, los Profesores que ocupan el lugar inmediato a los Solistas, a los que suplirán, cuando sea necesario, estando obligados, cuando lo requiera la programación, a tocar los restantes instrumentos de la misma familia, excepto los que requieran una especialización.
Son Tutti el resto de los Profesores.


