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Legislación › Orden de 4 de octubre de 1995 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de la Orquesta Nacional de España.

Artículo 20.

Artículo 20.

Son Ayudas de Solistas o Primeras Partes, los Pro­fesores que ocupan el lugar inmediato a los Solistas, a los que suplirán, cuando sea necesario, estando obli­gados, cuando lo requiera la programación, a tocar los restantes instrumentos de la misma familia, excepto los que requieran una especialización.

Son Tutti el resto de los Profesores.

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