Legislación › Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
Artículo 1. Normas reguladoras.
Artículo 1. Normas reguladoras.
La colaboración en la gestión de la Seguridad Social atribuida en el apartado 1 del artículo 67 y en las disposiciones adicionales undécima y trigésima cuarta del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social (en adelante, mutuas), se regirá por las normas de este reglamento y sus disposiciones de aplicación y desarrollo, sin perjuicio de atenerse a las restantes normas de la referida ley y a las disposiciones legales o reglamentarias que le sean aplicables.
Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 428/2004, de 12 de marzo. BOE-A-2004-5650
Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 1117/1998, de 5 de junio. BOE-A-1998-14283
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de marzo de 2004 En vigor | BOE-A-2004-5650 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 1998 | BOE-A-1998-14283 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1996 | Texto original | Leer |


