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Legislación › Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

Artículo 120. Órganos de gobierno y de gestión. Participación institucional.

Artículo 120. Órganos de gobierno y de gestión. Participación institucional.

Será de aplicación a los centros mancomunados lo establecido en el capítulo II del título III acerca de los órganos de gobierno y de gestión y en materia de participación institucional en las entidades mancomunadas.

Se añade por el art. único.6 del Real Decreto 38/2010, de 15 de enero. BOE-A-2010-654

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