Legislación › Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
Artículo 120. Órganos de gobierno y de gestión. Participación institucional.
Artículo 120. Órganos de gobierno y de gestión. Participación institucional.
Será de aplicación a los centros mancomunados lo establecido en el capítulo II del título III acerca de los órganos de gobierno y de gestión y en materia de participación institucional en las entidades mancomunadas.
Se añade por el art. único.6 del Real Decreto 38/2010, de 15 de enero. BOE-A-2010-654


