LexTotal

Legislación › Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios.

Artículo 110. Sanciones y otras medidas.

Artículo 110. Sanciones y otras medidas.

(Sin contenido)

Se deja sin contenido por el art. único.14 del Real Decreto 1132/2010, de 10 de septiembre. BOE-A-2010-14657.

Se convierten a euros las cuantías contempladas en el apartado 1 por el apartado 9 de la Resolución de 19 de noviembre de 2001. BOE-A-2001-23617.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de septiembre de 2010 En vigor BOE-A-2010-14657 Leer Qué cambió
2 de enero de 2002 BOE-A-2001-23617 Leer Qué cambió
23 de marzo de 1995 Texto original Leer

← Artículo 109 Índice Artículo 111 →