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Legislación › Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios.

Artículo 111. Recursos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de marzo de 1995 y la del 26 de septiembre de 2010. Tachado: lo que se quitó (19 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 111. Recursos.
Contra las resoluciones de expedientes sancionadores o medidas coercitivas, podrán interponerse los recursos que correspondan según la Ley 30/1992. (Sin contenido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de septiembre de 2010 En vigor BOE-A-2010-14657 Leer Qué cambió
23 de marzo de 1995 Texto original Leer

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