Legislación › Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los Consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes.
Artículo 7. Museo Krekovic.
Artículo 7. Museo Krekovic.
Se atribuye al Consejo Insular de Mallorca la titularidad, la gestión y la administración del Museo Kristian Krekovic de Palma.
El Consejo Insular de Mallorca asume las obligaciones de satisfacer la renta vitalicia y de mantener el museo fiel al espíritu y a los propósitos que inspiraron su creación, así como de respetar el derecho de habitación.


