LexTotal

Legislación › Ley 6/1995, de 29 de diciembre, de Consejos Andaluces de Colegios Profesionales.

Artículo 4. Estructura y funcionamiento.

Artículo 4. Estructura y funcionamiento.

Se reconoce la capacidad de autogobierno de los Consejos andaluces de Colegios para decidir autónomamente su estructura interna y sus reglas de funcionamiento, debiendo, en todo caso, ser democráticos.

← Artículo 3 Índice Artículo 5 →