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Ley 6/1995, de 29 de diciembre, de Consejos Andaluces de Colegios Profesionales.

En vigor Comunidad Autónoma de Andalucía · Publicada el 30 de enero de 1996 · Último cambio el 16 de febrero de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y ámbito de la Ley.
  4. Artículo 2. Naturaleza jurídica. 2 redacciones · cambió el 15/12/2011
  5. Artículo 3. Adquisición de personalidad jurídica. 2 redacciones · cambió el 25/11/2003
  6. Artículo 4. Estructura y funcionamiento.
  7. Artículo 5. Adopción de acuerdos.
  8. Artículo 6. Funciones. 2 redacciones · cambió el 15/12/2011
  9. CAPÍTULO II
  10. Artículo 7. Iniciativa. 2 redacciones · cambió el 15/12/2011
  11. Artículo 8. Creación.
  12. Artículo 9. Extinción.
  13. CAPÍTULO III
  14. Artículo 10. Elaboración y aprobación.
  15. Artículo 11. Contenido. 2 redacciones · cambió el 25/11/2003
  16. Artículo 12. Legalización de estatutos. 2 redacciones · cambió el 16/02/2024
  17. CAPÍTULO IV
  18. Artículo 13. Relaciones con la Administración autonómica.
  19. Artículo 14. Convenios de colaboración.
  20. CAPÍTULO V
  21. Artículo 15. Registro de los consejos andaluces de colegios profesionales. 2 redacciones · cambió el 16/02/2024
  22. Disposición adicional primera. Colegios únicos de ámbito autonómico.
  23. Disposición adicional segunda. Consejos andaluces de colegios profesionales que agrupen a colegios cuyo ámbito territorial de actuación se extiende a Ceuta y Melilla. 2 redacciones · cambió el 15/12/2011
  24. Disposición adicional tercera. Participación de los Consejos de Colegios en consejos y órganos consultivos. 2 redacciones · cambió el 15/12/2011
  25. Disposición adicional cuarta. Personal de los Consejos andaluces de Colegios Profesionales.
  26. Disposición adicional quinta. Registro de personas colegiadas de profesiones sanitarias.
  27. Disposición transitoria. Organizaciones colegiales existentes.
  28. Disposición derogatoria.
  29. Disposición final. Desarrollo reglamentario y entrada en vigor de la Ley.
  30. Disposición final primera.
  31. Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario y entrada en vigor de la Ley.
  32. Firma