Legislación › Ley 5/1996, de 30 de julio, de Museos de la Región de Murcia.
Artículo 26. Inscripción de centros.
Artículo 26. Inscripción de centros.
Reconocido un museo o una colección, la Administración procederá a su inscripción en el Registro de Museos y Colecciones Museográficas de la Región de Murcia.


