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Legislación › Ley 5/1996, de 30 de julio, de Museos de la Región de Murcia.

Artículo 26. Inscripción de centros.

Artículo 26. Inscripción de centros.

Reconocido un museo o una colección, la Administración procederá a su inscripción en el Registro de Museos y Colecciones Museográficas de la Región de Murcia.

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